CONVENIOS DE PRÁCTICAS PARA GRADO, MÁSTER
El Practicum o Prácticas es una asignatura troncal, obligatoria u optativa incluida en el Plan de Estudios de algunas de las titulaciones ofertadas por la UNED. El carácter aplicado de las prácticas profesionales requiere el establecimiento de convenios de cooperación educativa entre la UNED y determinadas instituciones, empresas y entidades públicas o privadas en las que se realicen actividades propias de las titulaciones cursadas por los estudiantes y que cuenten con profesionales especializados que puedan supervisar su formación en centros de trabajo reales.
PASOS PARA TRAMITAR LA DOCUMENTACIÓN DEL PRACTICUM:
PASO 1. Comprobar si ya se firmó con anterioridad un convenio de cooperación educativa entre la organización y la UNED, consultando el listado de convenios ya existente.
PASO 2. Si no existiera Convenio, completar el formulario para nuevos convenios que debe estar firmado en todas las hojas por el centro colaborador.
Para algunas titulaciones, en el anexo I del convenio el apartado del Proyecto Formativo puede venir predeterminado por el Vicerrectorado de Ordenación Académica y Profesorado.
Antes de cumplimentar el Formulario consulte el documento (Guía) que corresponda a su titulación e incluya esa información en el Formulario del Proyecto Formativo. Los siguientes formularios se pueden tomar como referencia para elaborar el proyecto formativo del grado correspondiente, pero el formulario del proyecto formativo debe reflejar las características propias de la empresa y del puesto de prácticas.
Ejemplo de proyecto formativo Psicología, Trabajo social, Pedagogía, Educación Social, Economía, ADE, Turismo y Máster de Formación del Profesorado.
PASO 3. Además, todos los alumnos cumplimentarán la ficha de gestión de datos (sólo 1 copia).
PASO 4. Presentar Convenio y Proyecto Formativo (anexo) en el centro colaborador para que las firme su representante en todas las páginas, y en la última del convenio, en el lugar indicado, incluir el sello (excepto en aquellos que no disponga de él), para validar que se conocen y aceptan todas las cláusulas.
PASO 5. Entregar el convenio y el anexo firmado en cada una de las 7 hojas y la ficha de gestión de datos en la secretaria del Centro de la UNED o al tutor/a del Practicum que le corresponda que serán remitidas al Director para su firma y posteriormente, se enviará una copia por correo postal al centro colaborador, otra copia al Vicerrectorado de Ordenación Académica de la UNED y la tercera será archivada en el Centro Asociado. Antes de iniciar las prácticas el alumno debe estar matriculado y haber recibido el visto bueno de su tutor de la UNED, ya que la protección por accidente del Seguro Escolar se extiende a los estudiantes que estén realizando prácticas profesionales en instituciones o empresas siempre que éstas hayan sido organizadas o autorizadas por la Universidad. Para aquellos estudiantes que no estén cubiertos por el Seguro Escolar al superar los 28 años, la UNED tiene suscrita, según la normativa vigente, una póliza de Seguro de Responsabilidad Civil y una de Accidentes que cubrirá sus actividades durante el período en que estén realizando las prácticas en instituciones o empresas. Para que estas coberturas sean efectivas es necesario que el estudiante esté matriculado en el Practicum y que haya recibido la autorización por parte de su tutor/a de la UNED sobre la idoneidad del centro en relación a los objetivos del Practicum. Aunque el estudiante debe tener en cuenta estas dos condiciones previas para el inicio de las prácticas, la tramitación de nuevos convenios se puede hacer con antelación a ese momento, si fuera evidente la idoneidad del centro colaborador seleccionado. La firma por parte de la Dirección de la UNED de Alzira-Valencia queda supeditada a que se respeten escrupulosamente todas estas instrucciones.
PASO 6. Para los grados de Psicología, Pedagogía, Educación Social, Trabajos Social y para el Máster de Formación del Profesorado, la Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil y de la Ley de Enjuiciamiento Civil (BOE del 17); y la Ley 26/2015, de 28 de julio de modificación del sistema de protección a la infancia y a la adolescencia, establecen que “será requisito para el acceso y ejercicio a las profesiones, oficios y actividades que impliquen contacto habitual con menores, el no haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos”. Con el fin de dar cumplimiento a esta disposición, quien pretenda el acceso a tales profesiones, oficios o actividades deberá acreditar la ausencia de antecedentes mediante la aportación de una certificación negativa del Registro Central de delincuentes sexuales.